Todas aquellas empresas contribuyentes de Primera
Categoría de la Ley de Renta, deduzcan de sus impuestos, los gastos que
efectúan por concepto de capacitación de sus trabajadores(as) en la forma,
condiciones y sobre la base de los procedimientos que se describen en la Ley Nº
19.518, sus reglamentos, manuales e instrucciones dictadas por el Sence.
Somos un grupo de estudiantes del Instituto profesional Aiep, enfocados en gestionar información acerca de distintos temas sobre el área de Recursos Humanos,bajo la supervisión del profesor Claudio Salinas Allendes
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